Cómo reclamar ante Fundación Santa Fe de Bogotá: derecho de petición, canales y plazos (2026)
Si Fundación Santa Fe de Bogotá te negó o demoró un servicio de salud, tienes canales oficiales para radicar tu reclamo y plazos legales que la entidad debe cumplir. Aquí los tienes, verificados, y cómo generar tu documento listo para radicar.
Importante: información general, no asesoría jurídica personalizada. ReclamaYa te ayuda a generar el documento para que tú lo radiques.
Canales para radicar tu derecho de petición o PQRS ante Fundación Santa Fe de Bogotá
Radica por cualquiera de estos canales oficiales y guarda el comprobante: esa fecha es la que hace correr el plazo de respuesta a tu favor.
- Formulario web (PQRS) https://fundacionsantafedebogota.com/radicar-pqrsf
- Correo de PQRS peticionesyquejas@fsfb.org.co
- Línea de atención 6014824488
Cobertura: Bogotá D.C.. Datos verificados el 21 de julio de 2026 contra los canales oficiales de Fundación Santa Fe de Bogotá.
Plazos que Fundación Santa Fe de Bogotá debe cumplir
- 24 / 48 / 72 horas: reclamos de riesgo vital, priorizado y simple (8 horas para menores en riesgo vital).
- 15 días hábiles: derecho de petición general (10 para información o documentos).
- 48 horas: para completar la entrega de medicamentos pendientes.
Los detalles, el fundamento legal y qué hacer si se pasan del plazo están en nuestra guía plazos de respuesta de tu EPS.
¿Fundación Santa Fe de Bogotá no respondió a tiempo?
El vencimiento del plazo no te perjudica: es tu punto de partida. Con el comprobante de radicación puedes escalar con un derecho de petición y, si persiste, presentar una acción de tutela, que no requiere abogado y el juez debe resolver en pocos días.
Genera tu documento para Fundación Santa Fe de Bogotá en minutos
Respondes unas preguntas por WhatsApp y generamos tu derecho de petición o tutela listo para radicar ante Fundación Santa Fe de Bogotá, con fundamento legal.
Reclamar por WhatsAppPreguntas frecuentes
¿En cuánto tiempo debe responder Fundación Santa Fe de Bogotá un derecho de petición?
Como regla general, Fundación Santa Fe de Bogotá debe responder un derecho de petición en 15 días hábiles (10 si pides información o documentos). Las quejas y reclamos (PQRS) tienen plazos por nivel de riesgo: 24, 48 o 72 horas.
¿Qué hago si Fundación Santa Fe de Bogotá no me responde a tiempo?
Guarda el comprobante de radicación con su fecha. El incumplimiento del plazo es la prueba que fortalece una acción de tutela, que no requiere abogado y el juez debe resolver en pocos días.
¿El correo de notificaciones judiciales sirve para radicar mi derecho de petición ante Fundación Santa Fe de Bogotá?
No. Ese buzón es exclusivo para notificar tutelas y actuaciones judiciales. El derecho de petición y las PQRS se radican por el formulario web, el correo de PQRS o las líneas de atención de la entidad.